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NORMATIVA EUROPEA DE DRONES

CATEGORÍA ESPECÍFICA

La categoría específica engloba aquellas operaciones que, por su riesgo, no cumplen con los requisitos de la categoría abierta. Para la realización de operaciones aéreas con drones en la categoría específica es necesario que el operador solicite una autorización operacional a la autoridad aeronáutica competente (en España, Agencia Estatal de Seguridad Aérea, AESA). Existen cuatro maneras para obtener dicha autorización:

  • Presentar una declaración de conformidad con un escenario estándar nacionales (STS-ES-01 y STS-ES-02)

  • Presentar una declaración de conformidad con un escenario estándar europeos (STS-01 y STS-02)

  • Obtener la autorización para un tipo de vuelo específico presentando una PDRA (Pre-Defined Risk Assesment o, lo que es lo mismo, una evaluación de riesgos predefinida).

  • Obtener la autorización para un tipo de vuelo específico mediante la metodología SORA (Specific Operations Risk Analysis), que es un análisis de riesgo de operaciones específicas.

  • Obtener el certificado de operador de UAS ligeros LUC (Light UAS Operador Certificate).

Estas cuatro opciones se aplican a los operadores. El piloto debe disponer de un certificado teórico y otro práctico expedidos por un instituto de formación reconocido. El contenido de ambos cursos depende de los conocimientos requeridos según la opción.

 

 

ESCENARIOS ESTÁNDAR EUROPEOS/NACIONALES (STS / STS-ES)

La manera más sencilla para realizar operaciones dentro de la categoría específica es trabajar según un STS. En un escenario estándar se han determinado tanto los riesgos de seguridad como las medidas de mitigación para un determinado tipo de operación. El operador solo debe disponer de un manual de operaciones y presentar ante la autoridad aeronáutica una declaración operacional de conformidad con un escenario estándar si su operación se puede acomodar a alguno de los STS. Obviamente, el piloto también debe disponer de la formación adecuada.

Debido al aplazamiento de la entrada en vigor del Reglamento UE 2021/1166, solo a partir del 3 de diciembre de 2023 será posible volar bajo dos escenarios estándar:

  • STS-01 - Operaciones VLOS sobre una zona terrestre controlada en un entorno poblado.
  • STS-02 - Operaciones BVLOS con UAS sobre una zona terrestre controlada en un entorno escasamente poblado.

Para salvar este tiempo, AESA ha definido dos escenarios estándar nacionales. Estos escenarios estándar nacionales son análogos a los escenarios estándar europeos, proporcionando un nivel equivalente de seguridad sin obligación de operar con una aeronave que disponga de marcado de clase mediante requisitos técnicos y limitaciones operacionales adicionales.

  • STS-ES-01: Operaciones VLOS sobre una zona terrestre controlada en un entorno poblado.
  • STS-ES-02: Operaciones BVLOS con observadores del espacio aéreo sobre una zona terrestre controlada en un entorno poco poblado.

EVALUACIÓN DE RIESGOS PREDEFINIDA (PDRA)

Si, como operador, deseas más posibilidades que las que ofrecen los Escenarios Estándar, existe la posibilidad de trabajar según una PDRA. Una PDRA describe los riesgos terrestres y aéreos para un determinado tipo de operación. Por lo tanto, una PDRA no es un formato completamente desarrollado, sino el operador debe describir él mismo cómo se minimizarán ciertos riesgos. Luego, esta PDRA desarrollada debe ser aprobada por la autoridad aeronáutica nacional competente. Para realizar operaciones que cumplen con PDRA, se necesita un manual de operaciones, la formación adecuada y una PDRA aprobada. Actualmente, hay cuatro PDRA europeas disponibles:

  • PDRA-S01
  • PDRA-S02
  • PDRA-G01
  • PDRA-G02

La letra S se utiliza para indicar que la PDRA se deriva de un escenario estándar. La letra G se utiliza para indicar que se trata de una PDRA genérica. Las PDRA-S01 y PDRA-S02 son prácticamente iguales a los STS-01 y STS-02. Para ambas PDRA, se aplican las mismas opciones operativas que bajo STS-01 y STS-02, sin embargo, la certificación C5/C6 del dron no es obligatoria bajo PDRA-S01 y PDRA-S02.

Además de las PDRA europeas, cada Estado miembro puede emitir PDRA nacionales.

EVALUACIÓN DE RIESGOS DE OPERACIONES ESPECÍFICAS (SORA)

El método SORA comienza con una descripción del «Concept of Operations», es decir, la operación prevista. En base a este llamado «ConOps» el operador mismo debe realizar una evaluación de riesgos completa. En esta evaluación se examinan, entre otros, los riesgos iniciales terrestres y aéreos. Luego, mediante el uso de distintas medidas de mitigación de riesgos, es posible reducir estos riesgos para que el SAIL, es decir, el nivel de garantía específica e integridad, de la operación se mantenga bajo. En función del SAIL, el operador debe cumplir una serie de objetivos de seguridad operacional (OSO). La autoridad aeronáutica nacional debe aprobar el procedimiento SORA completado antes de poder realizar el vuelo.

CERTIFICADO DE OPERADOR DE UAS LIGEROS (LUC)

Si una organización dispone del certificado de operador de UAS ligeros (LUC), la organización ha sido evaluada para poder aprobar de forma independiente las PDRA o SORA.

 

 

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