REGISTRO
Para volar drones de más de 250 gramos o drones equipados con cámara, el piloto debe estar registrado como operador. Tras el registro, se recibirá un número único que hay que pegar de forma visible en el dron.
MARCADO CE
Además del registro, en el futuro todos los drones recibirán una etiqueta CE. En función de las diferentes características de los drones, como el peso, se han creado seis clases, desde la C0 a la C6. Estas clases se dividen en las tres subcategorías. Sin embargo, hasta la fecha, los drones todavía no han recibido esta etiqueta CE. Por lo tanto, se siguen considerando «legacy drones» o drones previos a la entrada en vigor de la nueva normativa. La clasificación de peso de estos drones es diferente a la de los futuros drones con marcado CE. A partir del 1 de enero de 2024, todos los «legacy drones» de más de 250 gramos entrarán en la subcategoría A3.
SUBCATEGORÍA A1
Esta subcategoría incluye los drones con marcado CE de clase C0 (hasta 250 gramos) o C1 (hasta 900 gramos). Hasta el 1 de enero de 2024, estando a la espera del marcado CE, se permite volar los actuales drones de hasta 500 gramos en la subcategoría A1. Esta subcategoría está clasificada como de muy bajo riesgo, por lo que se permite sobrevolar personas ajenas a la operación (no multitudes).
SUBCATEGORÍA A2
Esta subcategoría está clasificada como la de mayor riesgo. Los drones con marcado CE de clase C2 (hasta 4 kilogramos) se clasifican en la subcategoría A2. Con este tipo de drones es necesario mantener una distancia mínima de 30 metros de las personas, excepto si se vuela a menos de 3 m/s, en cuyo caso la distancia puede reducirse a 5 metros. En esta subcategoría también se incluyen los actuales drones sin marcado CE de 500 gramos a 2 kilogramos, aunque se debe mantener una distancia de 50 metros en lugar de 30 metros de las personas.
SUBCATEGORÍA A3
La subcategoría A3 tiene la misma calificación de riesgo que la subcategoría A1, es decir, riesgo bajo. Sin embargo, en esta subcategoría, se debe mantener una distancia de seguridad de al menos 150 metros de edificios, industria y zonas recreativas. Esta subcategoría te permite volar drones con marcado CE de clase C2 (hasta 4 kg.) y C3/C4 (hasta 25 kg.). Los drones actuales sin marcado CE de 2 a 25 kilogramos también entran en esta subcategoría.
LAS NORMAS MÁS IMPORTANTES DE LA CATEGORÍA ABIERTA
- Altura máxima de vuelo de 120 metros del suelo.
- Respetar la privacidad de las personas.
- Los vuelos se tienen que realizar siempre a la vista del piloto.
- Registrarse en la autoridad competente (AESA en Espana).
- Tener en cuenta las zonas prohibidas al vuelo.
- Contratar un seguro adecuado.
- Para volar drones de más de 250 gramos debes tener, como mínimo, la prueba de superación de formación en línea A1/A3.
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